• ARTICULO 20

     

    LOS ESTUDIANTES

     

     PERFIL DEL ESTUDIANTE

     

    La institución busca formar una persona que de importancia al ser, al saber y al hacer y que logre el desarrollo de  la dimensión  comunicativa, afectiva, ética, espiritual, cognitiva, corporal, comunitaria, sociopolítica y laboral.

    La institución formara al estudiante en el respeto a los valores humanos, a la democracia y en la práctica del trabajo tecnológico y para la protección del medio ambiente. La Institución Educativa Gabriela Mistral reconoce la responsabilidad de formar integralmente a sus estudiantes, promoviendo el desarrollo del pensamiento reflexivo, participativo, con principios democráticos, seres autónomos y libres, con capacidad de asombro para disfrutar de su aprendizaje, comprometido con la transformación del mundo, con procesos de investigación, creatividad y desarrollo tecnológico. Que desarrolle competencias ciudadanas para resolver sus conflictos de manera pacífica y convivir en armonía, en un ambiente de respeto y construcción permanente de ambientes de paz. Un estudiante que promueva en su diario vivir, el liderazgo, el trabajo en equipo, la solidaridad y la responsabilidad, que lo lleve a tener claridad frente a su proyecto de vida y a ser competitivo en su vida profesional y laboral.

     

     

     

  • ARTICULO 21

     DERECHOS DEL ESTUDIANTES

     

    1. Deber: Son las normas, principios y valores a los que de una manera concertada me obligo a cumplir, para que las relaciones que se generan de la convivencia de la participación y la tolerancia permitan el crecimiento individual y colectivo en su medida precisa.

    2. Derecho: es la facultad que tenemos de exigir el cumplimiento de acuerdos nacidos de la concertación de principios universales necesarios para la convivencia humana.

     

    Los Derechos son términos que enmarcan una auténtica reciprocidad, al adquirirlos, también obtengo unos deberes, los cuales son un conjunto de principios y reglas que también imponen obligaciones, y determinan las relaciones sociales con los distintos estamentos de la institución.

     

      DERECHOS, DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

     

    *Ser reconocido y llamado por su nombre

    *Recibir un trato amable y respetuoso en su dignidad personal por cualquier miembro de la comunidad educativa.

    *Recibir una educación pertinente y de calidad que permita el desarrollo armónico, libre individual y social del individuo.

    * A la igualdad de oportunidades mediante la no discriminación de etnia, sexo, género, capacidad económica, nivel social, convicciones, políticas morales o religiosas, discapacidades físicas sensoriales y psíquicas o cualquier otra condición o circunstancia personal y social.

    * Recibir y conocer el Pacto de convivencia.

    * Poseer un carnet que lo identifique como estudiante de la institución.

    * Ser escuchado y recibir siempre trato cortes de parte del personal directivo, docente y administrativo.

    * Ser protegido contra el uso de sustancias psicoactivas que produzcan dependencia y demás actos que atenten con los valores de la institución.

    * Gozar de un ambiente de orden y disciplina en el salón de clases y en las actividades académicas que le permitan la concentración necesaria para un óptimo aprovechamiento en su proceso de formación.

    * Ser representados por sus padres o acudiente que a través de la legitimación de la matricula asuma la responsabilidad de garantizar el derecho a la educación.

    * Participar en la elaboración, reforma y aplicación del P.E.I, pacto de convivencia y el SIEE.

    * Elegir y ser elegido (a) para los cargos y representaciones en que se convoquen a voceros (a) del curso, personero estudiantil, representante estudiantil al concejo directivo, comités, brigadas etc.

     * Solicitar permiso para faltar a la institución o ausentarse de ella con causa justificada y autorizada por el padre de familia y/o acudiente y después de comprobarse que el estudiante es recogido por su padre o acudiente.

    * Tener derecho  al debido proceso en caso de incumplimiento de algunas de las normas establecidas en el pacto de convivencia.

    * Cualquier suspensión  debe ser tramitada según las normas  previas y comunicadas a los estudiantes y a los padres de familia oportunamente por la autoridad competente.

    * Ser evaluado de acuerdo al sistema Institucional de evaluación de estudiantes (Según decreto 1290 de 2009).

    * Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académico, personal y social.

    * Conocer de manera oportuna los criterios de evaluación y promoción en cada una de las áreas del conocimiento igualmente ejercer el derecho a la revisión si así lo considera.

    * Obtener en cada asignatura  un mínimo de 3 valoraciones.

    * En caso de inasistencia tiene derecho a presentar la excusa firmada por los padres o acudientes y a presentar evaluaciones, trabajos e investigaciones dentro de los cinco días hábiles siguientes.

    * Conocer oportunamente los programas curriculares y los niveles de desempeño que debe alcanzar en cada periodo de las diferentes áreas o asignaturas así mismo las respectivas actividades académicas.

    * Ser tratado con respeto  comprensión y justicia como persona y como estudiante por los diferentes miembros de la comunidad educativa.

    * Elegir y ser elegido en cargos del gobierno escolar.

    * Presentar ante directivos y profesores las sugerencias e iniciativas que considere convenientes para su formación y para la buena marcha de la institución.

    * A no ser retirado (a) de clases mientras no haya suspensión de sus derechos de estudiante expedida por la rectoría o coordinación.

    *Conocer los registros que sobre su comportamiento y desempeño  escolar se hagan en el observador del estudiante o en cualquier otro documento interno de la institución.

    * Presentar respetuosamente descargos o apelaciones  ante la autoridad competente en el siguiente orden: profesores de la asignatura, director de grupo, coordinador(a), rector (a).

    * Solicitar al profesor que las evaluaciones sean debidamente programadas y ejecutadas evitando la concentración de pruebas al final.

    * Participar en todas las actividades de recuperación de acuerdo a las fechas programadas por la institución.

    * Recibir el título de bachiller  que ofrece la institución según la resolución de aprobación de estudios expedidas  por la SEM.

    * Participar en la ceremonia de grado en el lugar y la fecha que la institución determina teniendo en cuenta los requerimientos académicos, disciplinarios establecidos.

    *Solicitar y obtener certificados, constancia de estudio y entrega de documentos dentro de los términos legales 10 días hábiles después de solicitarlos y cuando se encuentre a paz y salvo con la institución.

    *Recibir estímulos y reconocimientos por sus excelentes desempeños en actividades académicas, de convivencia, deportivos y artísticos.

    *A ser exonerado (a) de la práctica de educación física y deportes cuando se presente excusa medica verificable, en cuyo caso se efectúa un trabajo asignado por el área

    * A ser protegido contra el mal trato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación, burla de parte de los compañeros, profesores, directivos y demás personas de la comunidad educativa. (Según los Art. 44, 49 de la ley 115 del 94 y el Art. 18 del Código de Infancia y Adolescencia, ley anti matoneo Dic 2012).

    *Recibir certificación expedida por la Institución y/o las entidades de las cuales se tenga convenio en cursos de especialización o pasantías.

    +Ser respetado en sus creencias religiosas.

     

     

  • ARTICULO 22

     DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

     

    Siendo la institución de carácter laico corresponde a los estudiantes actuar e interiorizar la filosofía propia de la institución, asumiendo que el ejercicio de la libertad y de los derechos anteriores y otros inherentes a su persona, excluyen el abuso e implican claros deberes frente a la convivencia con los demás (Art. 95 de la C.N). La vinculación de un estudiante a la institución le exige el acatamiento a los siguientes deberes:

     Conocer, acatar y difundir las normas previstas en el Pacto de Convivencia.

     Conocer y apropiarse del PEI.

     Respetarme y respetar a mis compañeros  (as) procurando fomentar y fortalecer sentimientos de amistad, compañerismo, comprensión, colaboración y solidaridad dentro y fuera de la institución.

     Mantener un trato cordial y respetuoso con docentes, personal administrativo, de servicios generales y demás estamentos que conforman la institución.

     Velar por el buen nombre de la institución y su imagen social, dentro y fuera de la institución evitando actos que menos caben la dignidad humana y representando en forma digna, responsable y con orgullo a la institución. Asistir a todos los actos de comunidad en los horarios y fechas estipulados.

     Hacer uso eficiente de los recursos naturales institucionales y públicos y velar por el cumplimiento de las normas ambientales ejerciendo así su responsabilidad con el medio ambiente.

     Seguir el conducto regular para el trámite de sus reclamos en la solución de sus conflictos, comprometiéndose en la solución de los mismos.

     Asistir puntualmente a las clases y actividades que la institución o el grupo programe, con la aprobación de las directivas para cada día o días extractases, una vez asuma en la matricula ser miembro de la Comunidad Educativa.

     Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades

     Cumplir en las fechas asignadas por el docente con las tareas, trabajos, investigaciones y demás actividades que se realicen en la institución.

     Justificar honestamente y a tiempo   ausencias y retardos de acuerdo con las indicaciones dadas.

     Llevar oportunamente a los padres de familia la información que envié la institución a través de circulares o boletines y devolver el correspondiente desprendible debidamente firmado el día hábil siguiente.

     Contribuir al aseo, conservación, mejoramiento y embellecimiento de la planta física y el medio ambiente.

     Mantener un buen comportamiento    dentro y fuera de la institución.

     Entregar al orientador de grupo y/o coordinador, todo objeto que encuentre y no le pertenezca.

     Mantener el debido respeto y solidaridad entre compañeros creando un clima de amistad.

     Solucionar los conflictos a partir de la práctica del dialogo civilizado, fundamentado en la justicia y la tolerancia siguiendo el conducto.

     Respetar los símbolos patrios y de      la institución, así como los valores culturales y étnicos; participando debidamente en homenaje a la bandera y demás ceremonias cívico-culturales.

     Cuidar y dar buen uso de la planta física, muebles y enseres y de todo el material didáctico que exista en la institución.

     Firmar y responsabilizarse del llamado de atención y orientación que figure en su observador, asumiendo una actitud positiva ante sus recomendaciones.

     Guardar lealtad con la institución y sus miembros evitando comentarios y conductas destructivas que conduzcan a altercados, rivalidades, indiferencias e irrespeto.

     Traer útiles escolares y el material necesario y presentarlo en forma limpia y ordenada para el desarrollo de la clase y otras actividades programadas por la institución.

     Ningún estudiante que tenga síntomas de enfermedades endémicas o epidémicas debe presentarse a la institución y debe presentar la incapacidad médica en un término no mayor a dos días.

     Solicitar el debido permiso para cualquier actividad deportiva, artística o cultural que vaya a realizar.

     Respetar su vida y la de los demás evitando el consumo, venta y distribución de cigarrillos, licores, estupefacientes y cualquier otro artículo dentro de la institución.

     No hacer ningún tipo de fraude.

     Evitar situaciones de confianza que comprometan la relación docente estudiante.

     Atender con prontitud los diferentes toques de timbres que indican iniciación o suspensión de algunas de las actividades de la institución.

     Abstenerse de escribir letreros y rallar pupitres, paredes, baños y tableros.

     Responder por todo daño o pérdida causada por acción o negligencia, tanto en los recursos pedagógicos, deportivos, la planta física, muebles y enseres de la institución. Cuando no aparezca el responsable, serán asumidos por los estudiantes del grupo correspondiente.

     Manifestar sentido de pertenencia con sus acciones frente a todo lo que corresponda a la institución educativa.

     Abstenerse de utilizar aparatos tales como: juguetes de todo tipo, radios, celulares, i-pod, entre otros que perturben el buen desarrollo de las actividades pedagógicas.

     Hacer usos adecuado de  audiovisuales, sala de sistemas, laboratorio, talleres, tienda escolar, oficinas, servicios sanitarios y zonas de uso común con sus respectivos implementos velando por su presentación, aseo y conservación.

     Evitar toda acción que provoque interrupción de la clase o de actividades académicas.

     Hacer uso adecuado de las herramientas tecnológicas como videos, internet, fotografías, chat, etc. sin detrimento de la dignidad de las personas.

     Adelantar labor social, pasantías, voluntariado o cualquier actividad en jornada contraria, cumpliendo estrictamente con las normas del Pacto de Convivencia.

     

     

  • ARTICULO 23

    FALTAS LEVES.

     

    Son todas aquellas actitudes que impiden el normal desarrollo de las actividades pedagógicas. Se denominan así porque son prácticas que no contribuyen al mantenimiento del orden colectivo y dificultan el desarrollo de hábitos de estudio, organización y respeto hacia cada uno de los miembros que conforman la comunidad educativa y la comunidad general.

    Irrespeto a los símbolos patrios, religiosos e institucionales, a nuestros valores  culturales, nacionales y étnicos.

    La inadecuada presentación personal y del uniforme escolar, manifestada en los siguientes aspectos:

    El mal comportamiento en clase o en otras actividades de la institución, manifestado en los siguientes casos:

    - Saboteo de clases o actividades de estudio con silbidos, gritos, vocabulario soez o conversaciones constantes e inoportunas.

    - Maltrato a compañeros(as) con apodos, modales incorrectos y agresiones de hecho o de palabra.

    - Interrupción de las actividades por utilización y/o circulación de elementos distractores y escritos ofensivos o vulgares.

    - Comer durante las clases o actos comunitarios.

    - Masticar chicle.

    - Indisponer las actividades con comentarios de mal gusto o chismes.

    - Aislarse  de las actividades.

    - Crear falsas alarmas o situaciones de confusión para interrumpir la actividad normal.

    - Dormir durante las clases

     

    Reaccionar con violencia verbal o de hecho ante las observaciones que sobre su comportamiento haga cualquier integrante de la comunidad.

    Perder el tiempo o hacerlo perder a sus compañeros(as) y docentes.

    Portar distractores en la Institución (Audífonos, celular, grabadora, MP, ipood, cámaras de fotografía, gameboys y otros juegos electrónicos) que afecten el interés por las diversas asignaturas, actos comunitarios y descansos.

    Interrumpir las clases para prestar uniformes, delantales o implementos de estudio.

    Motivar el desorden, irrespetar el turno y/o maltratar a los empleados durante la utilización diferentes espacios: fotocopiadora, Restaurante escolar, secretaria, biblioteca, entre otros.

    Negarse a contribuir con el aseo y la buena presentación de las aulas o del plantel en general, manifestado en los siguientes casos:

     

    - Arrojar basuras o comestibles al piso del aula, corredores o lugares de descanso.

    - Incumplir con los turnos de aseo asignados en el aula.

    - Pegar chicles en sillas, paredes, pisos, elementos del aula, o en ropa y útiles de sus compañeros(as)

     

    Realizar juegos de azar: dados, cartas,  entre otros.

    Ver, portar, mostrar y/o distribuir revistas, libros, películas y/o láminas pornográficas.

    Las manifestaciones indiscretas e imprudentes de las relaciones de noviazgo y/o de pareja en la institución o en cualquier actividad programada por la Institución o portando el uniforme.

    Desobediencia a los superiores y agresividad ante cualquier miembro de la Comunidad Educativa

    Permanecer en el plantel en horarios diferentes al de la jornada escolar salvo  autorización expresa.

    Entrar y/o permanecer sin autorización en cualquiera de las dependencias de la institución: sala de profesores, secretaria, laboratorios, oficinas, entre otras.

    Celebrar inadecuadamente cualquier evento, arrojando huevos, harina, agua, haciendo bromas que atenten contra el aseo y seguridad de compañeros y de la institución.

    Esconder o tomar las maletas, morrales y objetos personales de sus compañeros irrespetando dichos bienes

    Organizar, realizar y participar en paseos y salidas, durante la jornada escolar sin el correspondiente permiso de la autoridad competente.

    Indisponer el hogar contra la institución, con algunas de estas conductas llevando información distorsionada.

    No entregar oportunamente los comunicados a los Padres de Familia o acudientes

    No portar permanentemente el carnet de la institución.

    Ingresar a zonas restringidas salvo que medie autorización expresa de la autoridad competente.

    Comercializar artículos dentro de la Institución Educativa, a menos que se trate de actividad comunitaria programada por las directivas o exista autorización expresa de la autoridad competente.

    Colocar apodos o sobrenombres a cualquier miembro de la comunidad educativa Gabriela Mistral

    Utilizar vocabulario soez o denigrante para comunicarse o expresarse.

     

    Parágrafo I: Las faltas leves cometidas de manera reiterada, se convierten en falta grave, las cuales pueden ser 3 faltas iguales o 5 faltas diferentes

     

    Parágrafo II: El porte y uso de teléfonos celulares, reproductores de música, de video y otros dispositivos tecnológicos que sean utilizados en actividades diferentes a las académicas, serán decomisados por el docente o coordinador de sede, éstos serán entregados únicamente al acudiente del dueño del artículo durante los tres días hábiles siguientes al decomiso, la Institución no se hace responsable por la pérdida o deterioro del artículo decomisado.

     

    Lo anterior, aplica de igual forma para las prendas que no hacen parte del uniforme de la Institución.

     

     

  • ARTICULO 24

    PROCEDIMIENTO CORRECTIVO  PARA FALTAS LEVES

     

    Amonestación verbal: lo hace el docente que se enteró de la falta y consiste en un diálogo con el estudiante para invitarlo a reflexionar sobre su actitud equivocada y para fijar acciones de rectificación.

    Amonestación escrita: procede cuando ya se ha realizado una amonestación verbal sobre una falta leve y se realizará llamado de atención por escrito por parte del docente que conoció la situación, y/o en la ficha del observador del estudiante, designando la falta, el correctivo, el compromiso adquirido por el estudiante y la firma tanto de él como la del estudiante.

     

    Citación a Coordinación.

    Procede cuando ya se han realizado dos (2) Amonestaciones  escritas, el coordinador dialoga con el estudiante sobre la falta cometida, le recuerda sus derechos y deberes y le plantea las posibles sanciones al reincidir en un mal comportamiento. Se deja constancia escrita del diálogo en la ficha del observador del estudiante.

     

    Notificación a los Padres de Familia o Acudientes.

    Procede cuando el estudiante en la ficha del observador tiene tres (3) amonestaciones escritas por faltas leves. El Coordinador de sede y el director de grupo notificarán por escrito, a los padres de familia o acudiente(s) autorizado(s) para dialogar, analizar en forma conjunta la situación del estudiante y buscar fórmulas que permitan una adecuada normalización. De este diálogo se dejará constancia escrita en la ficha del observador del estudiante y contará con la firma del coordinador de sede, el director de grupo, los padres de familia y/o acudiente (s) autorizados y el estudiante.

     

     

     

  • ARTICULO 25

     FALTAS GRAVES

    Son comportamientos que van en contra los principios institucionales, que afectan gravemente las normas disciplinarias impidiendo el normal desarrollo de las actividades de la Institución Educativa.

    1. Acumular seis (6) amonestaciones escritas en el observador por reincidencia de faltas leves o por la comisión de faltas leves diferentes.

    2. Encubrir faltas cometidas por sus compañeros

    3. Incumplir con las medidas correctivas que se hayan impuesto por una falta leve.

    4. Causar daños intencionados en bienes de la institución o de sus compañeros(as), como enseres, aulas, laboratorios, biblioteca, instalaciones eléctricas y en sitios frecuentados durante las actividades escolares.

    5. Fumar sustancias legales e ilegales dentro del Institución o cuando lleve el uniforme.

    5. Consumir, poseer y/o distribuir sustancias psicoactivas.

    6. Atentar contra la honra y el buen nombre de la Institución o de cualquier integrante de la comunidad educativa.

    7. Presentarse al Institución bajo los efectos del licor, drogas o estupefacientes, así como traficarlos o consumirlos dentro de ella.

    8. Inasistencia injustificada a la institución o a sus actividades en forma repetitiva.

    9. Hacerse suplantar o suplantar a un compañero (a), o acudiente con la finalidad de evadir obligaciones o responsabilidades de orden disciplinario y/o académicas.

    10. Atentar contra el patrimonio cultural o ecológico de la institución

    11. Rebelarse verbalmente y de forma agresiva frente a las  observaciones y/o   recomendaciones de docentes y directivos de la institución.

    12. Tener relaciones sexuales dentro de la institución.

    13. Dar información falsa a  los compañeros, docentes y directivos.

    14. Realizar cualquier tipo de negociación (venta, compra y/o permuta) dentro del Institución

    15. Apropiarse, esconder o tomar libros, cuadernos, útiles escolares o cualquier clase de objetos de sus compañeros, profesores, directivas, o de cualquier otra persona, sin su consentimiento; e incurrir en cualquier otra conducta violatoria de la disciplina y la moral exigidas por la Institución Educativa.

    16. Salir de la Institución Educativa durante la jornada escolar sin autorización

    17. Inducir, manipular, constreñir u obligar a otra persona cometer acto que constituya infracción académica o de convivencia, o que de cualquier manera atente contra la moral, la ley, la salud y las buenas costumbres que exige la Institución Educativa Gabriela Mistral.

     

     

  • ARTICULO 26

     Correctivos Para Faltas Graves

     

    Amonestación escrita: Se debe informar al director de grupo y  consignar los hechos en el observador al igual que el correctivo y el compromiso adquirido por el estudiante; lo firmarán tanto él como el estudiante.

     

    Notificación a los Padres de Familia o Acudientes. Procede cuando el estudiante acumula en la ficha del observador dos (2) amonestaciones escritas por faltas graves. El coordinador y el director de grupo notificarán   por escrito a los padres de familia o acudiente(s) autorizado(s) para dialogar, analizar en forma conjunta la situación del estudiante y buscar fórmulas que permitan una adecuada normalización. De este diálogo se dejará constancia escrita en la ficha del observador del estudiante y contará con la firma del coordinador y el director de grupo, los padres de familia y/o acudiente (s) autorizados y el estudiante.  En este proceso si es necesario se remitirá a valoración y apoyo de Psicología.

     

    ACTA DE COMPROMISO, firmado por el estudiante, sus padres/acudiente y coordinador de sede.

    Suspensión de 1 a 3 días. Procede cuando se ha incurrido en una falta grave, a pesar de haberse tomado las Acciones Correctivas y aplicado las sanciones anteriores, el coordinador de sede, asesorado por director de grupo, dará suspensión de un estudiante de uno a tres días. El coordinador notificará personalmente al estudiante afectado y a los padres de familia o acudientes.

    De esta suspensión se dejará constancia en la ficha observador del estudiante y contará con la firma del coordinador, el director de grupo, los padres de familia o acudientes y el estudiante.

    Dependiendo de la falta el estudiante podrá ser sancionado para asistir a eventos culturales, lúdicos o deportivos.

     

     

  • ARTICULO 27

    FALTA GRAVÍSIMA

     

    Falta gravísima  es toda conducta o actitud que lesiona en gran medida los valores individuales y colectivos de la Institución Educativa, así como aquellas conductas que son consideradas como delitos en la  Legislación Penal Colombiana

    1. Falsificar o alterar los libros de calificaciones, registros de asistencia, certificados de estudio, ficha de seguimiento y demás documentación; como también el fraude en evaluaciones.

    2. Traficar o distribuir a cualquier título (Oneroso, Gratuito) dentro o fuera de la Institución, bebidas alcohólicas, sustancias alucinógenas, psicoactivas o psicotrópicas.

    3. Portar, guardar y/o utilizar armas corto punzantes, de fuego y/o artefactos explosivos.

    4. Reincidir o cometer tres (3) faltas graves.

    6. Incumplir con las medidas correctivas que se hayan impuesto por una falta   grave.

    7. Cualquier acto que de una u otra forma atente contra el derecho fundamental a  la vida.

    8. Todo acto contra la moral, la ética y las buenas costumbres.

    9. Amenazar o intimidar  de hecho a cualquier miembro de la Comunidad Educativa,

    10. Hurtar artículos u objetos a cualquier miembro de la comunidad educativa o a la Institución.

    11. Inasistencia injustificada al institución o a sus actividades en forma repetitiva, sobre el 20% de las clases anuales.

    12. Agredir gravemente de hecho o de palabra a cualquier miembro de la comunidad educativa, de manera que ponga en peligro su integridad física, psíquica o moral.

    13. Planear, liderar, estimular, apoyar o participar en actos de vandalismo u otro  tipo de conductas violentas dentro de la Institución o fuera de ella.

    14. Retener y/o secuestrar a algún miembro de la comunidad educativa.

    15. Extorsionar a cualquier miembro de la comunidad educativa

    16. Conformar o hacer parte de pandillas o bandas con fines delictivos o  para crear un mal ambiente escolar.

    17. Acosar, provocar, abusar y violar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad educativa

    18. Fomentar y/o participar de cualquier actividad que afecte la integridad física y/o psicológica de los estudiantes de la institución (brujería, prostitución, etc.)

    19. Cualquier conducta tipificada como delito en el Código Penal Colombiano, Código de la  infancia y la adolescencia.

    20. Alterar, adulterar o falsificar documentos; incurrir en fraude o en cualquier conducta que constituya contravención o infracción penal según la legislación colombiana

    21. Realizar acto o acceso carnal con otra persona, inducirla a prácticas abusivas, denigrantes, deshonrosas o de cualquier manera atentar o violar su libertad sexual o influir negativamente en su educación sexual.

     

     

  • ARTICULO 28

    CORRECTIVOS PARA FALTAS GRAVISÍMAS

     

    1. Amonestación escrita El docente que conoció la situación la registra  en el observador del estudiante: anotando fecha, los hechos, los implicados y las diferentes versiones.

    2. Notificación a los Padres de Familia o Acudientes. El Coordinador y el director de grupo notificarán por escrito, a los padres de familia o acudiente(s) autorizado(s), convocándolos de manera inmediata. El coordinador y director de grupo hablaran con los padres y los estudiantes implicados.

    3. Suspensión de dos (2) a cinco (5) días con conocimiento del Comité de Convivencia, quien actuara como mediador y apoyara al coordinador para establecer los correctivos necesarios y los compromisos. El estudiante se suspenderá de 2 a 5 días con un taller de reflexión que le permita analizar la falta cometida y resarcir el valor trasgredido.

    Dependiendo de la falta y la reincidencia se remitirá el caso a estudio del Comité de Convivencia quien decidirá buscar apoyo de otras instituciones responsables o competentes según lo amerite la situación.

     

     

     

  • ARTICULO 29

     ACCIONES CORRECTIVAS Y REEDUCATIVAS

     

    Cuando una falta disciplinaria se considere que amerite procesos formativos se orientara una de las siguientes acciones de tipo pedagógico especial, según el caso y el grado de escolaridad del estudiante:

     Participación en sesiones de reflexión    sobre los comportamientos y conductas que fortalecen el proceso de formación integral orientado por el director de grupo o por un docente que maneje la temática, previamente encargado por el coordinador.

     Reparación de la falta y socialización ante su grupo de la forma como se realizó. La responsabilidad civil se encuentra en cabeza del padre de familia tutor o acudiente. La asignación y el seguimiento están a cargo del director de grupo.

     Elaboración de carteleras afiches,    pancartas, carteles o volantes con mensajes alusivos al mejoramiento de los comportamientos que originaron la falta disciplinaria. La impone y controla el director de grupo.

     Diálogos personales con el coordinador o con el rector

     Investigar y exponer ante el grupo los  efectos negativos que generan las conductas realizadas, como se deben corregir y que valores se deben construir para no incurrir en ellas. El apoyo y el seguimiento lo hace la subcomisión de convivencia  del grupo orientado por su correspondiente director.

     Presentar ante el director de grupo el registro hecho por el padre, tutor o acudiente del acuerdo familiar desarrollado con el fin de acompañar al estudiante en el mejoramiento de las conductas realizadas.

     Elaboración y publicación de escritos mediante los cuales identifique los problemas generados  en la convivencia escolar y muestre de manera clara su compromiso de no volver a incurrir en actuaciones que alteren la armonía  o atropellen a cualquiera de los miembros de la comunidad.

     

    PARAGRAFO 1: la dirección de grupo registrara en el observador del estudiante su concepto sobre la forma como se desarrollaron las actividades pedagógicas especiales.

    PARAGRAFO 2: La inobservancia y falta de responsabilidad y compromiso en el desarrollo de las actividades pedagógicas especiales serán consideradas como incumplimiento a los deberes y se constituirá en otra falta disciplinaria la cual se debe calificar y sancionar conforme a lo estipulado en este pacto de convivencia.

     

     

  • ARTICULO 30

     CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES Y AGRAVANTES

     

    Las circunstancias atenuantes y agravantes se tendrán en cuenta para la tasación de las acciones correctivas y sanciones.

     

     CIRCUNSTACIAS ATENUANTES

     

    Son las circunstancias que aminoran la aplicación de la  sanción y que pueden considerarse como el menor grado de la responsabilidad del estudiante, se consideran como circunstancias que atenúan o eximen la responsabilidad del estudiante, de una falta o infracción, las siguientes:

    1. Su edad, desarrollo psico-afectivo, mental, evolutivo y sus circunstancias personales, familiares y sociales.

    2. El haber obrado por motivos nobles o altruistas.

    3. El haber observado buena comportamiento anteriormente.

    4. El confesar la falta voluntariamente   y de manera oportuna.

    5. Afección psicológica comprobada siempre y cuando la familia y el estudiante se comprometan con un proceso de intervención profesional fuera de la Institución.

    6. El haber sido inducido a cometer la falta por alguien de mayor edad y/o madurez psicoactiva.

    7. Cometer la falta en estado de alteración, motivado por circunstancias que le causen dolor físico o psíquico.

    8. Procurar a iniciativa propia, resarcir el daño o compensar el perjuicio causado antes de iniciarse el proceso disciplinario.

     

    CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES

     

    Son las circunstancias que aumentan en rigor en la aplicación de la pena y aumentan el grado de responsabilidad en la ejecución del hecho, se consideran como circunstancias agravantes de la responsabilidad del estudiante, las siguientes:

    1. Reincidir en las faltas.

    2. Cometer la falta para ocultar o ejecutar otra.

    3. El haber mentido en forma oral o escrita en los descargos para justificar la falta.

    4. El irrespeto como reacción ante el señalamiento por la comisión de una falta.

    5. Realizar el hecho con pleno conocimiento de sus efectos dañosos o con la    complicidad de compañeros o su participación bajo indebida presión.

    6. No admitir la responsabilidad o   atribuírsela a otras personas.

    7. Infringir varias obligaciones con la misma conducta.

    8. El efecto perturbador que la conducta produzca en la Comunidad Educativa.

    9. Cometer las faltas aprovechando condiciones de inferioridad y/o indefensión de otras personas.

    10. Emplear en la ejecución del hecho un medio de cuyo uso puede resultar peligro común.

    11. El haber preparado estratégicamente la falta o con complicidad de otras personas.

    12. Hacer más nocivas las consecuencias de la falta.

     

     

     

     

  • ARTICULO 31

    Conducto Regular

     

    Pasos que se deben seguir, en orden jerárquico, para dar una solución a una situación problemática en el aspecto académico o comportamental.

     

    1. Para situaciones académicas:

    a) Profesor(a) responsable del área.

    b) Director de grupo

    c) Coordinador

    d) Comité de evaluación o de promoción.

    e) Consejo académico.

    f) Rector(a)

    g) Consejo Directivo.

     

    2. Para situaciones Comportamentales:

    a) Profesor que presencia la falta

    b) Director de grupo.

    c) Coordinador

    d) Comité de Convivencia

    e) Rectoría.

    f) Consejo Directivo.

    g) Otras instancias legales si el caso lo amerita.

     

    DEL DEBIDO PROCESO

     

  • ARTICULO 32

    APLICACIONES DEL DEBIDO PROCESO

     

    Todo conflicto debe someterse a su “debido proceso”, Este se define como un procedimiento en el cual se investiga, se juzga y se resuelve la falta según lo estipulado por el Pacto de Convivencia. Una falta al  Pacto de Convivencia por leve que sea genera conflicto personal o comunitario y hay que darle solución.

     La solución de los conflictos está dada por la naturaleza de la falta ya sea académica o disciplinaria y por la edad mental o cronológica del estudiante. Siempre se debe seguir el conducto regular y acudir a las instancias del caso

     

    ETAPAS DE PROCESO

     

    A. Etapa Preliminar: Se verifica si los hechos existieron o no. Si realmente existieron deben quedar en acta debidamente firmada por las partes implicadas en el conflicto y sus representantes legales o padres de familia si la situación lo amerita. En lo posible se debe practicar la conciliación o acuerdo entre las partes ante quien tenga la competencia según la gravedad del caso.

    B. Investigación: Si el caso no se resolvió  en la etapa anterior debe procederse de la siguiente manera:

     Se pone la  queja a la persona correspondiente según el caso.

     Se llama a descargos al o los implicados.

     El implicado tiene derecho a ser escuchado, a que se practique las pruebas  por la solicitada, y a la presunción de inocencia hasta que la decisión o fallo quede en firme.

     La investigación y el proceso no se puede retrasar injustificadamente.

     Las partes serán tratadas con igualdad y respeto a la dignidad humana.

    C. Decisión o Fallo: La decisión emitida con base al Pacto de Convivencia por el profesor, coordinador, Comité de Convivencia, rector o Consejo Directivo  puede ser sanciona o absolver al estudiante, según  el resultado de las pruebas. No puede juzgarse  dos veces por un mismo caso ni se puede volver a abrir el proceso después de haber dado un fallo.

  • ARTICULO 33

    RECURSO DE DEFENSA

     

    Como parte del derecho al debido proceso, todo estudiante después de habérsele notificado una decisión, en este caso disciplinario o académico, puede hacer uso de los siguientes recursos:

    1. Recurso de reposición:

     Consiste en una solicitud que se hace por escrito ante la persona o el órgano que impuso la sanción, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión tomada con el fin de que se revise, se aclare, se modifique o se revoque la decisión.

     Dicho recurso debe ser contestado por la persona pertinente en los cincos (5) días hábiles siguientes.

     Puede interponerse contra las resoluciones emitidas por el coordinador, el Rector o el Consejo Directivo.

    2. Recurso de apelación:

    Consiste en una solicitud que, se hace por escrito, ante el superior de quien dicto el fallo o decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución, habiéndose negado el recurso de reposición.

     Dicho recurso debe ser contestado por la autoridad competente en los cinco (5) días hábiles siguientes.

     Puede interponerse ante el Rector por las decisiones tomadas por el Coordinador y ante el Consejo Directivo por las decisiones tomadas por el Rector.  Cuando se trate de sanciones impuestas por el Consejo Directivo se apelará ante la Secretaría de Educación.

    3. Prescripción de conducta contraria al Pacto de Convivencia:

    Si una vez cometida la falta no se pone en marcha el procedimiento para imponer el correctivo, ya no podrá sancionarse dicha conducta sino se ha hecho dentro de los siguientes términos: Para faltas leves cinco (5) días hábiles, faltas graves quince (15) días hábiles, faltas muy graves treinta (30) días hábiles.

     

    ESTÍMULOS PARA ESTUDIANTES

     

    En la Institución los estímulos son e l merecido reconocimiento a las acciones realizadas por nuestros estudiantes.

    El mayor estímulo será la satisfacción personal por la respuesta positiva en sus tareas escolares y en su formación personal.

  • ARTICULO 34

     CLASE DE ESTÍMULOS

     

    1. Reconocimiento en acto cívico comunitario por valores destacados en cada grupo.

    2. Ser proclamado bachiller, para los estudiantes de once grado, que hayan cumplido con los procesos académicos y comporta-mentales

    3. Ser nombrado como monitor(a) de área o representante del grupo.

    4. Reconocimiento al finalizar el año escolar a los estudiantes de cada grado destacados en valores.

    5. Representar a la institución en eventos especiales.

    6. Felicitaciones escritas en el cuaderno de seguimiento, ficha observador o boletines de informe académico.

    7. Reconocimiento a los padres de familia de aquellos estudiantes(as) cuyo rendimiento académico y comporta mental sea alto.

    8. Reconocimiento de pertenencia o identidad otorgado en el acto de proclamación de Bachilleres a los estudiantes que hayan cursado todos sus estudios de transición, primarios y secundarios en el establecimiento.

    9. Reconocimiento a los mejores estudiantes en pruebas ICFES

    10. Según estudio de méritos, se otorgará alguna condecoración de acuerdo con el proyecto de menciones y condecoraciones.

    11. reconocimiento público en cuadro de honor a los mejores estudiantes de cada grupo, período a período.

    12. Reconocimiento público a los estudiantes que hayan alcanzado logros a nivel deportivo y Cultural.

     

     

     

     

     

     

  • ARTICULO 35

    SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO

     

    El servicio social obligatorio reglamentado según resolución 4210 de 1996 por la cual el Servicio Social Estudiantil de carácter obligatorio, la Ley 115 de 1994, el decreto 1860 de 1994, posibilitando la vinculación de los estudiantes de 10° y 11° al trabajo comunitario, mediante el diseño de proyectos pedagógicos que respondan por las necesidades  y expectativas de la comunidad.

    Es deber de estudiante de la institución educativa, cumplir con un programa de Servicio Social y es deber de la institución velar que este se cumpla en un plan de 80 horas teórico - prácticas, las cuales son requisito para la graduación.

    El estudiante podrá prestar su servicio social dentro de las instalaciones de la institución, en jornada contraria, en cualquiera de las cuatro (4) sedes de la institución, desempeñando labores en diferentes actividades y servicios que procuren un bienestar institucional. Este Servicio Social en  la Institución se presta a solicitud del interesado y con la asignación de tareas y control por parte de la persona responsable del Servicio Social del Estudiantado. (Lic. Luis Enrique Páez).

     

     

  • ARTICULO 36

    OBJETIVOS DEL PROYECTO SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO

     

    Integrar a los jóvenes a la vida comunitaria con el fin de contribuir a su formación social y cultural, a través de proyectos pedagógicos tendientes al desarrollo de valores, especialmente la solidaridad, la protección, conservación y mejoramiento del ambiente y la dignidad y sentido del trabajo y del tiempo libre.

     

     

  • ARTICULO 37

    REGLAMENTO DEL PROYECTO SERVICIO SOCIAL

     

    1. Cada estudiante tiene que cumplir con una intensidad mínima de ochenta horas de prestación del servicio.

    2. El Servicio Social que se presta fuera de la Institución, tiene que hacerse en un lugar aprobado por las directivas de la institución.

    3. Una vez tenga asignado el lugar donde realizará el servicio social, debe presentarse al coordinador del programa de dicha institución, para acordar el horario y el reglamento interno.

    4. La institución dispone de un docente encargado del proyecto, el cual está programado para cumplirse en lo posible en grado décimo.

    5. Cuando por algún motivo no pueda cumplir con sus horarios de práctica deben avisar con tiempo y presentar excusa por escrito, tanto al docente encargado del proyecto como a la institución afectada.

    6. Estar dispuestos a participar en todo evento especial que se les cite, mostrándose como jóvenes líderes y emprendedores.

    7. Ser prudente en el manejo de la información.

    8. Mantener una excelente presentación personal y el uniforme bien llevado.

    9. Mantener buenas relaciones personales y laborales.

    10. Se realizarán reuniones mensuales de evaluación con los estudiantes que presten el Servicio Social.

    11. El servicio social estudiantil podrá efectuarse en el campo educativo, recreación y medio ambiente